Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0116
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CIUDAD REAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Paula Arias Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Ciudad Real. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 434 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Casares Millán, don Carlos Moreno Gómez y don Roberto Megías Moreno, contra la empresa “Obra Civil y Edificadora ECE 4, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Que estimando las demandas formuladas por don Carlos Moreno Gómez, don Roberto Megías Moreno y don Juan José Casares Millán, contra “Obra Civil y Edificadora ECE 4, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada a que abone a los actores las siguientes cantidades: A don Carlos Moreno Gómez, la cantidad de 3.938,92 euros. A don Roberto Megías Moreno, la cantidad de 2.900,05 euros. A don Juan José Casares Millán, la cantidad de 4.897,35 euros. Más en todos los casos, los intereses de mora establecidos en el artículo 29. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, abierta en “Banesto”, oficina 5016, agencia 0030, sita en plaza del Pilar, número 1, de Ciudad Real, cuenta número 1382/0000/67/043409, debiendo indicar en el concepto “Depósito recurso de suplicación”, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso. En el caso de haber sido condenada en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado en “Banesto”, con el número 1382/0000/65/043409, agencia 0030, oficina 5016, sita en la plaza del Pilar, número 1, de Ciudad Real, la cantidad objeto de la condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio del recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Publicación Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia al día siguiente de su fecha, por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social que la dictó, estando celebrando audiencia pública, de lo que doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obra Civil y Edificadora Ece 4, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con el apercibimiento de que las siguientes notificaciones se le efectuarán en el tablón de anuncios de este Juzgado. En Ciudad Real, a 15 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/1.103/10) |

