Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0115

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE CIUDAD REAL

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paula Arias Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Ciuda Real.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 133 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan José Casares Millán, don Carlos Moreno Gómez y don Roberto Megías Moreno, contra la empresa “Obra Civil y Edificadora ECE 4, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado con fecha 15 de diciembre de 2009 auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

El ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de los de Ciudad Real, don Luis Martín de Nicolás Muñoz, por ante la secretaria judicial, acuerda: Declarar extinguida con fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a don Juan José Casares Millán, don Carlos Moreno Gómez y don Roberto Megías Moreno con la mercantil “Obra Civil y Edificadora ECE 4, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a los trabajadores las siguientes cantidades:

A don Juan José Casares Millán, 3.325,80 euros en concepto de indemnización y 6.984,18 euros en concepto de salarios de tramitación.

A don Carlos Moreno Gómez, 3.076,20 euros en concepto de indemnización y 6.460,023 euros en concepto de salarios de tramitación.

A don Roberto Megías Moreno, 2.691,67 euros en concepto de indemnización y 6.460,02 euros en concepto de salarios de tramitación.

Salarios de tramitación dejados de percibir durante el período que va desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente resolución.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar ante este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obra Civil y Edificadora ECE 4, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con el apercibimiento de que las siguientes notificaciones se le efectuarán en el tablón de anuncios de este Juzado.

En Ciudad Real, a 21 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.095/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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