Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100125-0072

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

GETAFE

OTROS ANUNCIOS

La Junta de Gobierno Local, en su sesión de 23 de diciembre de 2009, acordó la concesión de subvenciones para instalación de ascensores en edificios antiguos del municipio de Getafe para el 2009, en los siguientes términos:

Primero.—Conceder las siguientes subvenciones, al amparo de la convocatoria aprobada por la Junta de Gobierno de 20 de mayo de 2009, a las siguientes comunidades de propietarios y, en consecuencia, disponer y reconocer a favor de las mismas las siguientes obligaciones con cargo a la partida presupuestaria número 2009/431.34.78000, denominada “Transferencias de familias e institución sin fin de lucro­vivienda”, para la instalación de ascensores en edificios antiguos del municipio de Getafe para el 2009:

Segundo.—Denegar las siguientes subvenciones por los motivos expresados a continuación:

Tercero.—Comunicar a los interesados y publicar en el tablón de anuncios y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la resolución de la concesión de la subvención y de la obligación de presentar en plazo no superior a tres meses, desde la notificación de la concesión, en el Registro de Entrada del Ayuntamiento de Getafe, las facturas originales de la ejecución de las obras subvencionadas, estas facturas tal y como se señala en la base undécima deben cumplir con los requisitos formales señalados en el Real Decreto 1469/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Facturación. La entrega de esta documentación es requisito previo a la realización del pago por parte del Ayuntamiento mediante la correspondiente transferencia bancaria.

Getafe, a 7 de enero de 2010.—El concejal-delegado de Vivienda, Ignacio Sánchez Coy.

(03/998/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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