Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-01-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100125-0141

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 57
DE MADRID

EDICTO

En el juicio de declaración de herederos número 1.849 de 2009, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Providencia

Magistrada-juez de primera instancia, doña María Jiménez García.—En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.

Dada cuenta; por recibido el anterior informe del ministerio fiscal, únase a los autos de su razón.

Visto el contenido, requiérase al promotor del expediente a fin de que aporte a autos, en el plazo de diez días, la certificación literal de nacimiento del causante.

Asimismo, conforme a lo informado por el fiscal y haciendo uso el que provee de la facultad que le confiere el artículo 984 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se acuerda fijar edictos en el tablón de anuncios del Juzgado y en los pueblos de nacimiento y de fallecimiento del causante, así como publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, anunciando la muerte sin testar de don Fermín Miguel Gayo y los nombres y grados de parentesco de los que reclaman la herencia, sus hermanos: doña Isabel Miguel Gayo, doña Pilar Miguel Gayo, don Luis Miguel Gayo (en las personas de sus herederos: don Luis Isidro Miguel Polache y don José Ángel Miguel Polache), doña Cristina Miguel Gayo, don Ángel Miguel Gayo y don Antonio Miguel Gayo, llamando a los que se crean con igual o mejor derecho para que comparezcan en el Juzgado dentro de treinta días, librándose los correspondientes despachos.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/121/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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