Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-01-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100125-0140

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 51
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva María de la Gala González, secretaria del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.

Hace saber: Que en el procedimiento de desahucio número 313 de 2009-B se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 103 de 2009

En Madrid, a 14 de julio de 2009.—La señora doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez de primera instancia del número 51 de los de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 313 de 2009, a instancias de doña Míriam Bartol Salazar, representada por la procuradora doña María Sonia Posac Ribera, contra don Manuel Stefan Cirpaci, doña Mihaela Daniela Cirpaci y doña Lenuta Cirpaci, sobre desahucio por falta de pago, en los que ha recaído la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Míriam Bartol Salazar, representada por la procuradora de los tribunales señora Posac Ribera, contra don Manuel Stefan Cirpaci, doña Mihaela Daniela Cirpaci y doña Lenuta Cirpaci, con domicilio en Madrid, calle Wad Ras, número 18, tercero B, de Madrid, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que vinculaba a ambas partes litigantes y referido a la vivienda sita en la calle Wad Ras, número 18, tercero B, de Madrid, acordando el desahucio de la parte demandada, quien deberá dejar libre y expedito el citado inmueble dentro del plazo legalmente establecido, bajo apercibimiento de lanzamiento para el caso de no verificarlo, y condenando igualmente a la parte demandada al pago de las rentas y demás gastos adeudados hasta la ejecución de sentencia, que a fecha de la demanda ascendía a 5.110 euros de principal, más los intereses de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda o la fecha de los vencimientos de los recibos posteriores, y todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, contra la que se podrá interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de cinco días desde su notificación, juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Manuel Stefan Cirpaci, doña Mihaela Daniela Cirpaci y doña Lenuta Cirpaci, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 28 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/10/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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