Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100114-0286
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 3 DE LEÓN EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN Don Pedro María González Romo, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de León. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.107 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Fierro Lamelas, contra las empresas “Insac Madrid, Sociedad Limitada”, “Insac, Sociedad Limitada”, “Insac Galicia, Sociedad Limitada”, “Insac Asturias, Sociedad Limitada”, “Insac Ingeniería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Propuesta de providencia del secretario judicial, don Pedro María González Romo.—En León, a 17 de noviembre de 2009. Por presentada la anterior demanda, se admite a trámite. Se cita a las partes a los actos de juicio y, en su caso, al previo de conciliación que tendrán lugar en única convocatoria en la Sala de audiencias de este Juzgado de lo social, sito en León, avenida de Sáenz de Miera, número 6, el día 15 de febrero de 2010, a las diez horas de su mañana. Dese traslado de copia de la demanda y demás documentos a los demandados. Se advierte a las partes que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse, así como con los documentos pertenecientes a las partes que hayan sido propuesto como medio de prueba por la parte contraria y se admitan por este Juzgado, pudiendo estimarse probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba admitida si no se presentaran sin causa justificada. Se advierte que si el demandante, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio se le tendrá por desistido de su demanda, y que la incomparecencia injustificada de los demandados no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. En cuanto a los otrosíes: se tienen por hechas las manifestaciones. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Se hace saber a las partes que para recurrir, deberán consignar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en este Juzgado en “Banesto”, número 2132000030110709. Advirtiéndoles que en el caso de no consignar dicha cantidad, no se tramitará el recurso. El depósito se exigirá únicamente a quienes no tengan condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. Lo que propongo a su señoría para su conformidad.—Conforme: la magistrada-juez de social, Laura Inés Salvador Bermejo.—El secretario judicial (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Insac Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En León, a 9 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/416/10) |

