Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100106-0135
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.274 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Mesas Sainz, contra las empresas “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, “Sociedad Mercantil Estatal Radio Nacional de España” y “Sociedad Mercantil Estatal TVE, Sociedad Anónima”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones: Propuesta de auto de la secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío.—En Madrid, a 6 de noviembre de 2009. Parte dispositiva: Tener por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por el abogado del Estado contra la sentencia dictada en los presentes autos. Una vez firme la presente resolución devuélvase la cantidad de 150,25 euros al abogado del Estado en concepto del anuncio del recurso. Asimismo, póngase a disposición de la parte actora la cantidad de 8.705,51 euros en concepto de condena, haciéndose saber a las partes que dichos mandamientos se encontrarán a su disposición en la Secretaría del Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnarla: contra la presente resolución cabe recurso de reposición previo al recurso de queja ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 187 y 193.3 de la Ley de Procedimiento Laboral y 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así lo propongo a su señoría ilustrísima. Doy fe.—Conforme: el magistrado-juez de lo social, Segismundo Crespo Valera. Auto En Madrid, a 3 de diciembre de 2009. Hechos: Primero.—Con fecha 6 de noviembre de 2009 se dictó auto en el presente procedimiento acordando tener por no formulado el recurso de suplicación anunciado por el abogado del Estado contra la sentencia dictada en los presentes autos. Segundo.—Con fecha 23 noviembre de 2009 se presentó escrito por la parte demandada interponiendo recurso de reposición contra la anterior resolución. Razonamiento jurídico: Único.—Habiendo dictado por error la resolución de fecha 6 de noviembre de 2009, y comprobándose que en fecha 14 de octubre de 2009 se presentó escrito de formalización por el abogado del Estado, y en vías de economía procesal, no se procede a dar trámite al recurso de reposición planteado por el abogado del Estado, dejándose sin efecto la resolución de fecha 6 de noviembre de 2009 y procediéndose a dar el trámite correspondiente a la formalización del recurso de suplicación. Por todo lo cual. Parte dispositiva: Resuelvo: dejar sin efecto la resolución de 6 de noviembre de 2009, dándose a las partes traslado del escrito de formalización del abogado del Estado por término de once días a fin de impugnarlo si lo estiman conveniente. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Bai Promoción de Congresos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/42.719/09) |

