Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100102-0171

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 35 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancia de don Fernando Tasayco Negrón, contra “Sistemas Constructivos con Placas, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 776 de 2009 se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 458 de 2009

En Madrid, a 8 de octubre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social número 35 don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-776 de 2009, seguido a instancias de don Fernando Tasayco Negrón, que comparece asistido de la letrada doña Geraldina González Gil, y de la otra, como demandada, “Sistemas Constructivos con Placas, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda de despido, formulada por don Fernando Tasayco Negrón, contra “Sistemas Constructivos con Placas, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro el mismo improcedente, con condena a la demandada a que en el plazo de cinco días opte por la readmisión del actor o bien le indemnice con la cuantía de 3.028,82 euros, correspondientes a 74 días de salario; en todo caso a los salarios de tramitación devengados desde el despido 5 de mayo de 2009 a la fecha de notificación de la presente resolución a razón de un salario día de 40,93 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/
0000/00/0776/09 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas Constructivos con Placas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/42.191/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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