Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091226-0219
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 73 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Loreto González Merino, contra la empresa “Gráfic Siglo XXI Agrupación de Impresores, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 380 de 2009 En Madrid, a 4 de noviembre de 2009.—Doña Concepción del Brío Carretero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 27 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre despido, entre partes: de una, y como demandante doña Loreto González Merino, y de otra, como demandadas “Gráfic Siglo XXI Agrupación de Impresores, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado sentencia. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por doña Loreto González Merino, contra “Gráfic Siglo XXI Agrupación de Impresores, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad bruta de 7.659,72 euros, más el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2525 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, 28020 de Madrid, código de entidad 0030, código de oficina 1143 (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento) Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gráfic Siglo XXI Agrupación de Impresores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/41.426/09) |

