Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091226-0183
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 159 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juana López Barba, contra doña Paloma Leoncia Valles Tormo, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente: Acuerdo: a) El embargo del 50 por 100 del bien inmueble que se describe: Urbana.—Uno, piso vivienda en la planta alta primera, puerta señalada con la letra “A”, en la edificación compleja en el extinguido término de Aravaca, hoy Madrid, en la urbanización “El Pardo de Aravaca”, fase II (zona Sur), hoy avenida de Vademarín con vuelta a la calle El Cisne, en el bloque enclavado en la fachada Sur de la parcela, con acceso a través del portal señalado con el número 1 desde la calle Cabera Lijar, sin número de policía. Situado a la izquierda según se sube por la escalera, y a la derecha saliendo del ascensor principal. Tiene una superficie construida, incluidas las parcelas comunes, de 228,09 metros cuadrados, y una superficie útil de 175,75 metros cuadrados como propiedad de doña Paloma Leoncia Valles Tormo para responder de la cantidad de 9.601,46 euros, más 1.920 euros para intereses y costas provisionalmente calculadas para este procedimiento seguido a instancias de doña Juana López Barba contra doña Paloma Leoncia Valles Tormo. b) Librar mandamiento por duplicado el Registro de la Propiedad número 40 de Madrid, para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas o gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación. c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto. d) Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a doña Virginia Márquez Ramírez, mayor de edad y vecina de Madrid, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, número 93, segunda planta de Madrid, quien, en su caso, deberá comparecer en el plazo de una audiencia ante esta Secretaría para aceptar y jurar el cargo, emitiendo informe en el término de ocho días. Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar, el nombramiento efectuado, para que dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conformes, practicándose únicamente el avalúo por la perito antes nombrada. Notifíquese la presente resolución a las partes y a don Carlos Amador Millán, copropietario de la vivienda. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Carlos Amador Millán, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/41.431/09) |

