Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-11-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0251

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 38
DE MADRID

EDICTO

Doña Ana Isabel de la Cruz Albaladejo, secretaria judicial sustituta del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 1.113 de 2007, se tramita procedimiento de juicio verbal a instancias de “Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima”, contra don David Ulpiano Amo Gómez, en el que se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva se transcriben a continuación:

Sentencia número 48 de 2008

En Madrid, a 19 de marzo de 2008.—Vistos por el magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 38 de Madrid, don Jaime Miralles Sangro, los presentes autos seguidos con número 1.113 de 2007 de juicio declarativo verbal, a instancias de “Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima”, representada y defendida por la Abogacía del Estado por medio de doña Elena María Rodríguez Ramalle, contra don David Ulpiano Amo Gómez, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Uno.—Con estimación de la demanda interpuesta por “Correos y Telégrafos, Sociedad Anónima”, representada por la Abogacía del Estado contra don David Ulpiano Amo Gómez, en rebeldía.

Dos.—Condeno a don David Ulpiano Amo Gómez al pago de 752,35 euros de principal, así como al pago de interés legal sobre dicho principal desde la presentación del escrito de demanda (el 10 de julio de 2007).

Tres.—Por último, condeno a la demandada al pago de las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con expresión de que contra la misma cabe recurso de apelación que habrá de interponerse, en su caso, en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado mediante escrito de preparación de dicho recurso que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna, conforme a lo dispuesto por los artículos 455.1 y 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y ello para su posterior tramitación y resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia lo acuerdo y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación al demandado en ignorado paradero don David Ulpiano Amo Gómez, expido el presente para su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 2 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/37.603/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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