Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-11-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091125-0061

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

PINTO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Detectado error material en la ordenanza de modificación de ficheros de carácter personal denominados “CMC” y “Usuarios”, por decreto de Alcaldía-Presidencia de fecha 3 de noviembre de 2009, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se dictó decreto de subsanación de error, que en su parte dispositiva dice:

Primero.—Subsanar el error material detectado en la ordenanza de modificación de ficheros de carácter personal denominados “CMC” y “Usuarios”, en su anexo I, “CMC”, apartado noveno, donde dice: “Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: todas las personas físicas que utilicen el servicio de emergencia”; debe decir: “Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: todas las personas que utilicen el servicio”.

Segundo.—Dejar firme el resto de la ordenanza.

Tercero.—Remitir anuncio de esta rectificación al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Cuarto.—Ratificar el presente decreto por el Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre.

Lo que le comunico a fin de que sea publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para conocimiento general de las personas interesadas.

Pinto, a 3 de noviembre de 2009.—El alcalde, Juan José Martín Nieto.

(03/37.427/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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