Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091117-0120
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 84 DE MADRID EDICTO En el juicio verbal de desahucio por falta de pago número 1.789 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente: Sentencia número 78 de 2009 En Madrid, a 30 de marzo de 2009.—Vistos por don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de esta localidad, los autos de juicio declarativo verbal de desahucio número 1.789 de 2008, seguidos a instancias de don Manuel Cabañero García, representado por el procurador don Felipe Juanas Blanco y asistido de la letrada doña Eva María López-Lorenzo García, contra don Adulai Ture y doña Guiomar Da Cruz Santos, en rebeldía en las presentes actuaciones, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad. Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Manuel Cabañero García, contra don Adulai Ture y doña Guiomar Da Cruz Santos, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento sobre la finca descrita en el hecho primero de esta resolución, por falta de pago, y en consecuencia, debo condenar y condeno a los citados demandados a desalojarla, con apercibimiento que, en caso contrario, se procederá a su lanzamiento a su costa, lo que se verificará el día 16 de junio de 2009, a las trece horas, siempre que la parte actora presente la correspondiente demanda ejecutiva a tal fin, así como a abonar a la parte actora la cantidad de 6.776,73 euros y las rentas y cantidades asimiladas a las mismas vencidas e impagadas desde esta fecha hasta el desalojo del inmueble, ello con expresa imposición de costas a la citada demandada. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias. Notifíquese a las partes conforme determina el artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciéndoles saber que contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación. Así lo pronuncia, manda y firma don Eduardo Corral Corral, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 84 de Madrid, en el día de la fecha.—Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a don Adulai Ture y doña Guiomar Da Cruz Santos que se encuentran en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 16 de octubre de 2009.—La secretaria (firmado). (02/12.473/09) |

