Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091102-0007
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 3 DE ALCALÁ DE HENARES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En el procedimiento ordinario número 806 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente: Sentencia 229 de 2009 En Alcalá de Henares, a 1 de octubre de 2009. Don Francisco Javier Just Bauluz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares y su partido judicial, ha visto las presentes actuaciones de juicio ordinario seguidas en este Juzgado con el número 806 de 2008, a instancias de “Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don José Francisco Reino García y asistida por la letrado doña Nuria Revilla Canora, contra doña Martha Nury Rivera Rivera, en reclamación de cantidad. Fallo Estimando la demanda presentada por el procurador señor Reino García, en nombre de la mercantil “Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, declaro resuelto el contrato de financiación de bienes muebles que ligaba a las partes y condeno a doña Martha Nury Rivera Rivera a reintegrar la posesión del vehículo “Peugeot” 207, matrícula 2324-FJP, respecto del que está acordado el depósito judicial por auto de este Juzgado de fecha 24 de septiembre de 2008, y a pagar a la actora la cantidad de 18.003,86 euros, más el interés de demora pactado al 2 por 100 mensual computado desde la fecha de presentación de la demanda, más gastos. Todo ello con expresa condena al pago de las costas procesales a la referida demandada. Notifíquese a las partes esta resolución, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación que se tramitará conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada doña Martha Nury Rivera Rivera, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Alcalá de Henares, a 14 de octubre de 2009.—El secretario (firmado). (02/11.896/09) |

