Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091026-0076

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 13 DE MADRID

EDICTO

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 49 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Roberto Amado, contra la empresa “Acorapleg, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de insolvencia de fecha 25 de septiembre de 2009:

Diligencia.—En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 24 de septiembre de 2009 se ha recibido en este Juzgado de lo social oficio del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, demanda número 988 de 2006, ejecución número 57 de 2007, contra la demandada “Acorapleg, Sociedad Limitada”, acompañado de testimonio del auto de insolvencia provisional de fecha 26 de junio de 2008, que se une a las presentes actuaciones a los efectos procedentes.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Acorapleg, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.875,49 euros de principal (constando en pieza separada en ejecución un anticipo reintegrable por 1.437,74 euros a cargo del Ministerio de Justicia), más la cantidad de 503,21 euros, que provisionalmente se ha calculado para intereses legales y costas del procedimiento sin perjuicio de ulterior tasación. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría, el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Ángel Juan Alonso Boggiero, de lo que doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Acorapleg, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.767/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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