Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-10-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0195

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

3527 Resolución de 24 de julio de 2009, por la que se hace público el acuerdo relativo a la Modificación Puntual del Plan Parcial del “Parque Empresarial de la Carpetania, 1.a fase”, en el término municipal de Getafe, promovido por “Arpegio, Sociedad Anónima”, por encargo del Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de la Carpetania” (Ac. 147/09).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 25 de junio de 2009, examinó el expediente relativo a la Modificación Puntual del Plan Parcial del “Parque Empresarial de la Carpetania, 1.a fase”, en el término municipal de Getafe, promovido por “ARPEGIO, Sociedad Anónima”, por encargo del Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de la Carpetania”, adoptando acuerdo del siguiente tenor literal:

«En virtud del contenido de los informes, técnico y jurídico, ambos de fecha 12 de junio de 2009, emitidos por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General, en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid,

ACORDÓ

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Parcial del “Parque Empresarial de la Carpetania, 1.a fase”, del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe, en el término municipal de Getafe, promovido por “ARPEGIO, Sociedad Anónima”, por encargo del Consorcio Urbanístico “Parque Empresarial de la Carpetania”.

No obstante, en la ejecución posterior de esta Modificación Puntual de Plan Parcial deberán observarse las condiciones que se contienen en los informes emitidos por la Dirección General de Evaluación Ambiental, de fecha 31 de octubre de 2008.

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID».

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar de la citada Modificación Puntual del Plan Parcial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 24 de julio de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(02/9.583/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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