Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091023-0107
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO NÚMERO 2 DE COLMENAR VIEJO EDICTO El secretario del Juzgado de instrucción número 2 de Colmenar Viejo. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 135 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Sentencia En Colmenar Viejo, a 8 de julio de 2008.—Doña Sonia Agudo Torrijos, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de esta localidad, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 135 de 2008, seguidos por la presunta falta de lesiones, en los que han intervenido como partes: el ministerio fiscal, ejerciendo la acción pública; Mario Lorente Chañe, menor de edad, representado por su madre, como denunciante, y don Omar Attar, como denunciado, cuyas circunstancias personales obran en autos, recayendo la presente resolución en base al siguiente Fallo Que debo condenar y condeno a don Omar Attar, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de treinta días de multa, a razón de 6 euros diarios, y a que indemnice a Mario Lorente Chañe, en la persona de su representante legal, en la suma de 200 euros, así como al pago de las costas procesales causadas. Aplíquese lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal en caso de impago de la multa impuesta. Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes intervinientes e implicados, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Omar Attar, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 25 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado). (03/32.628/09) |

