Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-10-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091022-0035

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

3511 RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2009, del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 4444/2009, de 28 de septiembre, de modificación de la autorización de los centros docentes privados “San Ignacio de Loyola”, de Alcalá de Henares.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad, solicitando modificación de la autorización de los centros docentes privados denominados “San Ignacio de Loyola”, con domicilio en la calle Concepción Arenal, número 3, de Alcalá de Henares, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de modificación de la autorización de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 4444/2009, de 28 de septiembre, de la Consejera de Educación:

Primero

Modificar, de conformidad con el artículo 13.1.c) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la autorización de los centros docentes privados de Educación Infantil y Educación Primaria “San Ignacio de Loyola”, por transformación de dos unidades de segundo ciclo de Educación Infantil en dos unidades de Educación Primaria.

Segundo

La configuración del centro queda establecida de la siguiente forma:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: “San Ignacio de Loyola”.

Número de código: 28000421.

Titular: Compañía de Jesús-Provincia de Castilla.

Domicilio: Calle Concepción Arenal, número 3.

Localidad: Alcalá de Henares.

Municipio: Alcalá de Henares.

Enseñanzas a impartir: Segundo ciclo de Educación Infantil.

Capacidad: 3 unidades/75 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: “San Ignacio de Loyola”.

Número de código: 28000421.

Titular: Compañía de Jesús-Provincia de Castilla.

Domicilio: Calle Concepción Arenal, número 3.

Localidad: Alcalá de Henares.

Municipio: Alcalá de Henares.

Enseñanzas a impartir: Segundo ciclo de Educación Infantil.

Capacidad: 8 unidades/200 puestos escolares.

El centro de Educación Secundaria existente en el mismo recinto escolar no sufre modificación.

Tercero

Con anterioridad a la entrada en funcionamiento de la nueva unidad, la Dirección de Área Territorial de Madrid-Este aprobará expresamente, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, la relación de personal de que dispondrá el centro, con indicación de sus titulaciones respectivas.

Cuarto

El centro deberá disponer de todos los permisos o licencias necesarios también para su puesta en funcionamiento, cuya concesión competa a otras Administraciones Públicas.

Quinto

La presente autorización surtirá efecto a partir de la fecha de la presente Orden, y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 29 de septiembre de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(01/3.971/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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