Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091022-0102

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 12 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.322 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Vera Martín, contra la empresa “Grupo Paviadent, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda de la actora, doña María del Carmen Marín Vera, y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda.

En consecuencia, condeno a la demandada, “Grupo Paviadent, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora la cantidad de 984,09 euros netos en concepto de liquidación, más 41,80 euros en concepto de gastos bancarios por cheque en descubierto.

Asimismo, declaro la mora de la demandada y a las anteriores cantidades se les incrementará el 10 por 100 del interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.

Esta sentencia no tiene recurso por razón de su cuantía y adquiere firmeza a la fecha de su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María del Carmen Vera Martín, y “Grupo Paviadent, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.241/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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