Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
09-10-2009

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091009-0026

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE MÓSTOLES

EDICTO

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el juicio de faltas número 143 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 190 de 2009

En Móstoles, a 18 de junio de 2009.—Vistos por mí, Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 143 de 2009, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciante, don Miguel Ángel González Sánchez; y como denunciados, don José Antonio de las Peñas Pérez y don Marcelo Johathan Lagos Bravo.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Marcelo Johathan Lagos Bravo, como autor de una falta del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a indemnizar, en concepto de responsable civil, a don José Antonio de las Peñas Pérez con la cantidad de 200 euros.

Que debo condenar y condeno a don Marcelo Johathan Lagos Bravo, como autor de una falta del artículo 625 del Código Penal, a la pena de diez días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y a abonar las dos terceras partes de las costas procesales.

Que debo absolver y absuelvo a don José Antonio de las Peñas Pérez de la falta que le fue imputada en el presente procedimiento, declarándose de oficio un tercio de las costas procesales.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Marcelo Johathan Lagos Bravo, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 9 de septiembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/31.055/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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