Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091008-0079
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 13 DE MADRID EDICTO Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 215 de 2004 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Carvajal Moreno, doña Susana Rabanal Martínez, doña Marta González Gómez, don Enrique Remezal Solano, don Julio Manuel Luengo González, doña Katherine Westgate, don Javier Añorga González, don Félix Zapata Berlinches, doña Carolina Fonseca González y don Antonio Alonso Mayor, contra las empresas “Teknoland Real Time Team, Sociedad Limitada”, y “Ciernueva, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a las ejecutadas “Teknoland Real Time Team, Sociedad Limitada”, y “Ciernueva, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de principal, que asciende a un total de 69.603,90 euros, correspondiendo: A doña María Carvajal Moreno: 8.499,58 euros. A don Félix Zapata Berlinches: 724,93 euros. A don Javier Añorga González: 2.740,07 euros. A doña Marta González Gómez: 2.009,09 euros. A don Julio M. Luengo González: 26.699,82 euros. A doña Susana Rabanal Martínez: 2.771 euros. A don Enrique Remezal Solano: 5.989,28 euros. A doña Katherine Westgate: 17.212,03 euros. A don J. Antonio Alonso Mayor: 1.864,80 euros. A doña Carolina Fonseca González: 1.093,30 euros. Más 7.772,16 euros de costas y 2.914 euros de intereses calculados provisionalmente y sin perjuicio de ulterior liquidación. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas. De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo acuerda, manda y firma su señoría, de lo que doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Teknoland Real Time Team, Sociedad Limitada”, y “Ciernueva, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 16 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/31.338/09) |

