Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-10-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091005-0044

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 63
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 879 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando la demanda de juicio verbal interpuesta por el procurador de los tribunales don Domingo Lago Pato, en nombre y representación de doña Liudivina Martínez Martínez, contra don Isaac James Rostenskar, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre las partes el 12 de diciembre de 2008 sobre la vivienda sita en la calle Calvario, número 23, cuarto izquierda, de Madrid, y, consecuentemente, el desahucio del demandado, condenándole a que desaloje el inmueble a que este juicio se refiere, dejándolo libre, vacuo y a la total y entera dis­posición del actor, con apercibimiento de que de no verificarlo será lanzado a su costa en la fecha indicada en el auto de admisión a trámite de la demanda (5 de octubre de 2009, a las trece horas, o, en su defecto, aquella que con posterioridad se fije, y debo condenar y condeno al demandado al pago a la parte actora de la cantidad de 6.000 euros en concepto de principal, más los intereses legales desde sentencia hasta íntegro pago.

En cuanto a las costas, procede su imposición al demandado.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación. Si el recurso lo pretendiera interponer el demandado, deberá acreditar por escrito tener por satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (artículo 449.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Isaac James Rostenskar Blanco se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 9 de septiembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/10.720/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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