Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091005-0027
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C) Otras Disposiciones Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno
La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, en su artículo 4 establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realiza mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y que en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid la aprobación de aquella disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo. En este mismo artículo se establecen los aspectos que se deben indicar en las disposiciones de creación de ficheros de daos de carácter personal, desarrollados por el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales. Por la presente Orden se crea el fichero informatizado de datos de carácter personal denominado “Control Acceso Biométrico”, adscrito a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deportes y Portavocía del Gobierno, con la finalidad de controlar el acceso, por medidas de seguridad, a las dependencias de la sede de la Presidencia del Gobierno de la Comunidad de Madrid. La creación de este fichero cumple las disposiciones tanto de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, como la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 99/2002, de 13 de julio, por el que se regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal. La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Por cuanto antecede, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, DISPONGO Artículo único Creación del fichero 1. Se crea el fichero de datos de carácter personal “Control Acceso Biométrico”, adscrito a la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, que se regula en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid. 2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se cumple, en los términos que se establecen en la regulación efectuada en el Anexo, lo previsto por el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 16 de septiembre de 2009. El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ ANEXO I CREACIÓN DE FICHEROS Fichero: CONTROL ACCESO BIOMÉTRICO. 1. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Secretaría General Técnica, Secretaria General Técnica. 2. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Secretaría General Técnica, Secretaria General Técnica. 3. Nombre y descripción del fichero que se crea: CONTROL ACCESO BIOMÉTRICO. CONTROL DE ACCESO BIOMÉTRICO A LAS DEPENDENCIAS DEL EDIFICIO DE PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 4. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado. 5. Sistema de información al que pertenece el fichero: SISTEMA INFORMATIZADO DE CONTROL BIOMÉTRICO. 6. Medidas de seguridad que se aplican: Básico. 7. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: — Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, firma/huella. 8. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: CONTROL DEL ACCESO BIOMÉTICO A DEPENDENCIAS DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 9. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: USUARIOS DEL ACCESO A LAS DEPENDENCIAS DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID. 10. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: — Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal. — Procedimiento de recogida: Otros, proporcionado por el usuario. 11. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales. — No se prevén cesiones. (03/31.578/09) |

