Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091002-0057
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 922 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Anaya Pinto, don Guillermo Delgado Moscoso y don Rogelio Raúl Paredes, contra la empresa “Inelva 2001, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 465 de 2009 En Madrid, a 7 de septiembre de 2009.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 4 de esta ciudad, el juicio promovido por despido, seguido ante este Juzgado con el número 922 de 2009, a instancias de don Alberto Anaya Pinto, asistido del letrado don Mariano Ayuso Pachá, frente a la empresa “Inelva 2001, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, y los autos acumulados a aquellos con los números 924 de 2009 y 931 de 2009, a instancias, respectivamente, por don Guillermo Delgado Moscoso y don Rogelio Raúl Paredes Horna, frente a la misma demandada; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente. Fallo Que estimando las demandas de despido entabladas por don Alberto Anaya Pinto, don Guillermo Delgado Moscoso y don Rogelio Raúl Paredes Horna, contra la empresa “Inelva 2001, Sociedad Limitada”, declaro improcedentes los despidos objeto de este procedimiento en fecha 26 de mayo de 2009 de don Alberto Anaya Pinto, don Guillermo Canalda y en fecha 8 de junio de 2009 de don Rogelio Raúl Paredes, así como la extinción de la relación laboral de los actores en la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa demandada a indemnizar a los mismos en las sumas que se indican a continuación por indemnización y salarios de tramitación devengados desde el despido y hasta la fecha de la presente sentencia: 1. A don Alberto Anaya Pinto: 3.105,79 euros de indemnización y 4.533,36 euros de salarios de tramitación. 2. A don Guillermo Delgado Moscoso: 2.288,48 euros de indemnización y 4.533,36 euros de salarios de tramitación. 3. A don Rogelio Raúl Paredes: 10.051,20 euros de indemnización y 3.811,08 euros de salarios de tramitación. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario corresponda al Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el recurrente no goza de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2502 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar en la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inelva 2001, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid a 16 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/30.736/09) |

