Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-08-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090812-0146

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE TOLEDO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don José Manuel Recio Nuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Toledo.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.127 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Fernández Recio y don Hassan Ouariach, contra doña María del Carmen Mesa Díaz, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando como estimo la demanda formulada por don Andrés Fernández Recio y don Hassan Ouariach, debo condenar y condeno a las demandadas doña María del Carmen Mesa Díaz y “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, a que abonen 3.157,33 euros a don Andrés Fernández Recio y 2.905,71 euros a don Hassan Ouariach, más el 10 por 100 anual en concepto de intereses moratorios.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

En este momento se notifica a la parte actora la anterior resolución mediante entrega de la copia del acta, acordando su señoría ilustrísima que se notifique en legal forma a la parte demandada, y haciendo saber al mismo tiempo a las partes a que contra esta sentencia sí cabe recurso de suplicación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña María del Carmen Mesa Díaz y “Velasco Obras y Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Toledo, a 21 de julio de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.924/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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