Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090804-0186
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VILLAVIEJA DEL LOZOYA URBANISMO El Ayuntamiento en sesión celebrada el día 26 de junio de 2009, adoptó el siguiente acuerdo: modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Villavieja del Lozoya para creación de ordenanza de equipamiento. Vista la memoria justificativa redactada por técnicos de la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte, modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Villavieja del Lozoya para creación de ordenanza de equipamiento, sobre la actuación de determinados y concretos elementos que suponen un cambio aislado en el plano número 2 Suelo Urbano. Perímetro, zonas de ordenanza y usos, espacios libres y deportivos. Equipamientos de las Normas Subsidiarias del municipio se califican varios edificios como equipamiento, permitiéndose solamente unos usos concretos particularizados para cada edificación. No se define en las Normas Subsidiarias municipales una ordenanza concreta para el uso equipamiento. Evaluadas las dotaciones del municipio y sus necesidades presentes y futuras, y en el razonamiento de, por un lado, al estar en la mayoría de los casos, satisfechas las necesidades de los usos que se proponen en dicho plano número 2, y existiendo déficit de otros usos dotaciones, y por otro lado, al no existir en la memoria de las Normas un ordenanza propia para los equipamientos, y al haber variado las necesidades dotacione municipales, en la actualidad, la práctica totalidad de los edificios calificados como equipamiento para las Normas Subsidiarias albergan usos o que no se corresponden con los específicamente permitidos por dicho plano número 2 o se encuentran sin uso en gran estado de deterioro, se propone la creación de una nueva nueva ordenanza genérica denominada equipamiento que amplíe y unifique los usos permitidos para las edificaciones que las Normas Subsidiarias calificaban como equipamientos. Vista dicha propuesta que define una nueva zona de ordenación, la cual tiene delimitada su área de aplicación en el plano número 2 de las Normas Subsidiarias, y que engloba unilateralmente la totalidad de las parcelas y edificaciones que las Normas Subsidiarias recogían bajo la denominación de equipamiento, y que queda reflejada detalladamente en la referida memoria, la corporación por unanimidad de los cuatro miembros presentes de los cinco que la componen acuerda: Primero.—Aprobar inicialmente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Villavieja del Lozoya, según memoria justificativa y planos, redactada por los técnicos de la Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte para la creación de ordenanza de equipamiento. Segundo.—Someter el mencionado acuerdo a información pública durante el plazo de un mes mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de mayor circulación de la provincia, para que cuantos se consideren afectados puedan formular las alegaciones que consideren oportunas. En Villavieja del Lozoya, a 10 de julio de 2009.—El alcalde, Mariano Carretero Carretero. (03/26.485/09) |

