Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090724-0165
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ARGANDA DEL REY RÉGIMEN ECONÓMICO Transcurrido el plazo de exposición pública del anuncio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de mayo de 2009) de aprobación inicial del Presupuesto General de la Entidad, junto con las previsiones iniciales de gastos e ingresos de la “Sociedad de Fomento y Desarrollo Municipal, Sociedad Anónima”, “Empresa Municipal de la Vivienda, Sociedad Anónima”, y Gerencia Municipal de Urbanismo, para el año 2009, y habiéndose presentado reclamaciones al mismo, el Pleno, en sesión celebrada el día 1 de julio de 2009, adoptó con las mayorías exigidas por la Ley 7/1985, el siguiente acuerdo: Primero.—Desestimar las tres alegaciones presentadas al presupuesto para el ejercicio 2009, por el grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Arganda del Rey, “Urbaser, Sociedad Anónima”, y “Vertederos de Residuos, Sociedad Anónima”, por no ajustarse a ninguno de los únicos motivos que para la interposición de alegaciones al presupuesto se establecen en el artículo 170 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales. Segundo.—Estimar la alegación presentada a la relación de puestos de trabajo, por el sindicato CSI-CESIF, en relación a diversos puestos de trabajo, corrigiendo los errores detectados en la relación de puestos de trabajo, y subsanación de otros errores detectados. Tercero.—Aprobar con carácter definitivo, con efectos de 1 de enero de 2009, el presupuesto municipal para el ejercicio 2009, por lo que las modificaciones o ajustes del prorrogado se considerarán incluidas en los créditos iniciales, debiéndose anular los mismos, de conformidad a lo señalado en el artículo 21.6 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el presupuesto general para 2009 del Ayuntamiento de Arganda del Rey, el presupuesto de la Gerencia de Urbanismo y los estados de previsión de la sociedad “Fomento y Desarrollo Municipal, Sociedad Anónima”, y “Empresa Municipal de la Vivienda, Sociedad Anónima”, junto a la plantilla de personal y la relación de puestos de trabajo que queda redactado, según consta en el expediente. Cuarto.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el resumen por capítulos de cada uno de los presupuestos que integran el Presupuesto General 2009, de conformidad al artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, los interesados a que hace referencia la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Real Decreto Legislativo 2/2004 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. INGRESOS GASTOS En Arganda del Rey, a 6 de julio de 2009.—La concejala-delegada de Economía y Hacienda, Olga Carmona Cabezón. (03/22.790/09) |

