Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090627-0087
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 25 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ilie Dorin Comanese, contra las empresas “Gestiones Inmobiliarias Kiniamérica, Sociedad Limitada”, y “Construcciones Serafran”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 231 de 2009 En Madrid, a 25 de mayo de 2009.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguido a instancias de don Ilie Dorin Comanese, contra la empresa “Gestiones Inmobiliarias Kiniamérica, Sociedad Limitada”, y la empresa “Construcciones Serafran, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda formulada por don Ilie Dorin Comanese, contra la empresa “Gestiones Inmobiliarias Kiniamérica, Sociedad Limitada”, y la empresa “Construcciones Serafran, Sociedad Limitada”, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora de fecha 23 de diciembre de 2008, condenando a las empresas demandadas a que le abonen solidariamente en concepto de indemnización la suma de 1.020,86 euros y 3.889 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de 2 de abril de 2009, fecha de prestación de servicios para otras empresas. Declaro extinguida con esta fecha la relación laboral. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración. Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndolas saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2518 en el banco “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gestiones Inmobiliarias Kiniamérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 27 de mayo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/19.082/09) |

