Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090617-0147
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS TORREJÓN DE VELASCO RÉGIMEN ECONÓMICO Se hace público para general conocimiento que la Concejalía-Delegada de Hacienda del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco ha dictado la siguiente disposición: Don Raúl Huerta Quiroga, concejal-delegado de Hacienda del Ayuntamiento de Torrejón de Velasco (Madrid).—Visto que con fecha 19 de febrero de 2009 y mediante disposición del concejal de Hacienda se fija el período de cobro del recibo del IBI de naturaleza urbana en período voluntario comprendido entre el 1 de junio y el 31 de julio de 2009, ambos inclusive. Visto que el IBI de naturaleza urbana es el impuesto de mayor cuantía que afecta a todos los vecinos del municipio y supone el desembolso más importante para cada uno de los vecinos. Visto que ya en el ejercicio del año 2008, y como consecuencia de la crisis económica y del aumento del desempleo, bajó de forma visible el porcentaje de recaudación en el período voluntario de dicho impuesto, por cuanto a las familias tenían dificultades para poder hacer frente al pago de dicho importe de una sola vez. Visto que en el ejercicio del año 2008 se incrementó de forma considerable las solicitudes de aplazamiento y/o forma de pago de dicho impuesto por parte de los vecinos. Visto que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el 11 de mayo de 2009, aprobó fraccionar el pago de dicho impuesto en dos períodos voluntarios y que tendrá efecto a partir del día 1 de enero del año 2010. Visto que los recibos del IBI de naturaleza urbana correspondientes al ejercicio 2009 todavía no han sido confeccionados ni, por tanto, enviados a los vecinos. Visto que entre las competencias que esta Concejalía tiene está la fijación de los períodos de cobro voluntario de distintos impuestos, y de conformidad con la legislación vigente al respecto, dispongo: Primero.—Dejar sin efecto la disposición de fecha 19 de febrero de 2009 en la que se refleja el período de cobro voluntario del IBI de naturaleza urbana, manteniendo en sus propios términos el período de cobro voluntario del IBI de naturaleza urbana. Segundo.—Fijar el período de cobro voluntario del IBI de naturaleza urbana en las siguientes fechas: 1.o Para el cobro del primer 50 por 100 del importe de cada recibo: del 1 de junio al 31 de julio de 2009 (ambos inclusive). 2.o Para el cobro del segundo 50 por 100 restante: del 1 de octubre al 30 de noviembre, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Tercero.—Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su difusión y general conocimiento, así como acordar que se dé la máxima publicidad a la presente disposición. En Torrejón de Velasco, a 25 de mayo de 2009.—El concejal-delegado de Hacienda, Raúl Huerta Quiroga.—Ante mí, la secretaria general, Carmen Gutiérrez de la Torre Peña. (02/6.829/09) |

