Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090602-0123

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

VALDEMORO

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento de Valdemoro (Madrid) anuncia la publicación de las bases reguladoras aprobadas por el Ayuntamiento de Valdemoro para subvencionar proyectos de cooperación al desarrollo nuevos y/o en curso de entidades sin ánimo de lucro y ONG’S para el año 2009.

Objeto de la convocatoria: concesión de subvenciones por parte del Ayuntamiento de Valdemoro durante el año 2009 a entidades sin ánimo de lucro con el objetivo de financiar acciones de cooperación al desarrollo según define la Ley de Cooperación al Desarrollo de la Comunidad de Madrid, Ley 13/1999, de 29 de abril.

Cuantía de la subvención: de los presupuestos municipales para el año 2009 existe una consignación de 65.992,41 euros destinada a subvencionar proyectos para cooperación al desarrollo.

Plazo de presentación: el plazo de presentación será de quince días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las bases reguladoras pueden recogerlas en la Concejalía de Mayor, Inmigración y Cooperación al Desarrollo, con dirección en la calle Apolo, número 22, de Valdemoro (Madrid), teléfono 918 099 9671, o en la página web del Ayuntamiento de Valdemoro www.valdemoro.es

Presentación de solicitudes: la solicitud de subvención, junto con la documentación que se acompañe de acuerdo a las bases reguladoras, se presentará por duplicado en el Registro General del Ayuntamiento (secretaría general) los días laborables, de nueve a catorce horas, y de allí serán dirigidas a la Concejalía de Mayor, Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

En Valdemoro.—El alcalde-presidente, José Miguel Moreno Torres.

(03/16.492/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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