Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-06-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090601-0048

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada el día 30 de marzo de 2009, aprobó provisionalmente la modificación presupuestaria por transferencia de crédito de Pleno 1/08 (expediente MTC Pleno 1/09).

Finalizado el día 4 de mayo el plazo de quince días a que se refiere el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 sin haberse presentado reclamaciones, la modificación del presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón por transferencia de crédito de Pleno 1/09 se considera definitivamente aprobada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

La transferencia de crédito de Pleno 1/09 afecta a las siguientes partidas del estado de gastos del vigente presupuesto:

Partida de baja. — Código proy. — Descripción. — Importe

51120.62302. — 2009-2-51120-008. — Pantallas acústicas. — 291.612,28 euros.

Partida de alta. — Código proy. — Descripción. — Importe

31300.62300. — 2009-2-31300-001. — Instalación climatización centro “Castilla del Pino” . — 227.520,20 euros.

42210.63207. — 2009-2-42210-011. — Liquidación remodelación de patios y pistas deportivas del colegio público Claudio Sánchez Albornoz. — 23.828,04 euros.

41300.62200. — 2009-2-41300-002. — Liquidación Centro Municipal de Recogida de Animales. — 40.264,04 euros.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo a tenor de lo previsto en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Alcorcón, a 19 de mayo de 2009.—El concejal de Hacienda y Patrimonio, Manuel Lumbreras Fernández.

(03/16.283/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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