Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090521-0192

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 11
DE MADRID

EDICTO

Don José María Nebreda Trascasa, secretario del Juzgado de primera instancia número 11 de Madrid.

Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictada en la ejecutoria número 2.211 de 1994 que se sigue en este Juzgado a instancias de doña Gracia Saucedo Rodríguez, representada por don Juan Antonio Ortega Sánchez, contra don Juan Andrés Sanz Velasco, en reclamación de 24.040,48 euros de principal más otros 9.015,18 euros fijados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, por el presente se anuncia la venta en pública subasta, por término de veinte días, de la siguiente finca propiedad del ejecutado:

Vivienda sita en Madrid, calle Pinos Baja, urbana número 39, piso segundo A. Finca número 1.031 (antes 47.145), inscrita en el Registro de la Propiedad, número 18, al tomo 604, folio 182.

La subasta se celebrará el día 18 de junio de 2009 a las doce horas en la Sala de audiencias de este Juzgado sito en calle Capitán Haya, número 66, conforme con las siguientes

Condiciones

Primera

La valoración de la finca a efectos de subasta, una vez practicada la liquidación de cargas, es de 344.976,17 euros.

Segunda

La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble o inmuebles que se subastan estará de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

Tercera

Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

Cuarta

Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

Quinta

Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar, previamente, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banesto”, en la cuenta expediente número 2439/0000/00/2211/94 el 30 por 100 del valor de la finca a efecto de subastas, devolviéndose las cantidades, una vez aprobado el remate, a aquellos que participen en la subasta, excepto al mejor postor, salvo que soliciten su mantenimiento a disposición del Juzgado para el caso en que el rematante no consignare el resto del precio, debiendo consignar asimismo en dicho resguardo si, en su caso, ha recibido en todo o en parte cantidades de un tercero.

Sexta

Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado al que se deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se refiere la condición anterior, los cuales serán abiertos al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Séptima

Solo el ejecutante podrá hacer posturas con la facultad de ceder el remate a un tercero.

Octava

Para el caso de que se hagan posturas que no superen al menos el 70 por 100 del valor de tasación o aun siendo inferior cubran, al menos, la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas, no se aprobará el remate, salvo que el Tribunal acuerde otra cosa a la vista de las circunstancias concurrentes en el procedimiento.

Novena

El inmueble que se subasta se encuentra libre de ocupantes (o no se puede hacer constar la situación posesoria del inmueble).

Décima

El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta (y se publicará en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID).

Undécima

Si por fuerza mayor o causa ajena al Juzgado no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará el siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

El presente edicto servirá de notificación al ejecutado para el caso de no poderse llevar a efecto.

Y en cumplimiento de lo acordado, libro el presente en Madrid, a 29 de abril de 2009.—El secretario (firmado).

(02/6.236/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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