Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
18-05-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090518-0002

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 5
DE ALCOBENDAS

EDICTO

Doña Laura Pérez Puente, secretaria del Juzgado mixto número 7, actual de primera instancia número 5 de Alcobendas.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 220 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcobendas, a 16 de julio de 2008.

Don Javier Sánchez Beltrán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 7 de esta ciudad, ha visto las presentes actuaciones de juicio rápido de faltas número 220 de 2008, sobre falta de hurto, en virtud de atestado policial, apareciendo como perjudicado el establecimiento “H & M”, sito en plaza del Comercio, de Alcobendas, y como denunciado Miscea-Cristian Andrei, siendo parte el ministerio fiscal.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a Miscea-Cristian Andrei de la falta de hurto que se le imputaba, declarando las costas de oficio.

Notifíquese esta resolución al ministerio fiscal y a las restantes partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, a contar del siguiente al de su notificación, en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Miscea-Cristian Andrei, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcobendas, a 30 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/13.507/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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