Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090504-0214
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B) Autoridades y Personal Consejería de Economía y Hacienda
El Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid fue creado por la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, y modificada su naturaleza jurídica por la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, siendo un ente de derecho público, dotado de personalidad jurídica propia y diferenciada, con plena capacidad jurídica y de obrar, tanto pública como privada, que ejerce sus funciones con plena independencia y sometimiento pleno al ordenamiento jurídico, teniendo como fin general el de preservar el funcionamiento competitivo del mercado intracomunitario y procurar una competencia efectiva del mismo protegiéndola mediante el ejercicio, por sus diferentes órganos, de las funciones de instrucción, resolución, informe y propuesta que su Ley de creación le atribuye expresamente. La Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, por la que se crea el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid, se configura como el órgano técnico de apoyo del Tribunal. Su titular es el Secretario General, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 58/2005, de 30 de junio, por el que se establecen determinadas previsiones en relación con la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, por la que se crea el Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid tiene la consideración de alto cargo. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno, previa deliberación, en su reunión de 30 de abril de 2009. DISPONGO Cesar a doña Marta García de la Calzada, como Secretaria General del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid, con agradecimiento de los servicios prestados. Dado en Madrid, a 30 de abril de 2009. El Consejero de Economía y Hacienda, La Presidenta, ANTONIO BETETA BARREDA ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA (03/14.021/09) |

