Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-05-2009

Sección 5.10: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090504-0237

Páginas: 0


V. OTROS ANUNCIOS

Gobierno de Canarias

CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y COMERCIO

Dirección General de Trabajo

Servicio de Promoción Laboral

Sección de Sanciones

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN DE LIQUIDACIÓN

Habiéndose emitido liquidación número 357232008210005011, por un importe de 3.125 euros, correspondiente a la sanción recaída en el expediente sancionador T-0185/08, impuesta a la empresa “Galería Universal Pamoavil I, Sociedad Limitada”, con número de identificación fiscal o código de identificación fiscal B-84329077 y no habiéndose podido practicar las notificaciones, pese al intento de las mismas, a la empresa anteriormente indicada, se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el presente anuncio, para que sirva de notificación a todos los efectos legales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

N.o de liquidación: 357232008210005011.

Referencia: resolución del Servicio de Promoción Laboral número 463/08, por la que se impone una sanción por importe 3.125 euros, recaída en el expediente: T-0185/08.

El lugar y formas de ingreso serán:

a) En el Servicio de los órganos de Recaudación de la Consejería de Economía y Hacienda, en metálico o cheque conformado a nombre de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) A través de bancos o cajas de ahorros, en los que no se precisa tener cuenta abierta.

c) Por internet a través del dominio: http//www.gobiernodecanarias.org/tri
butos.

Los plazos de ingreso (artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, aplicable conforme al artículo 20.1 de la Ley 7/1984, de 11 de diciemre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y al artículo 11 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria):

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Si vencidos dichos plazos de ingreso, no se hubiere satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo y la Administración Tributaria Canaria efectuará la recaudación de las deudas por el procedimiento de apremio sobre el patrimonio del obligado al pago. El inicio del período ejecutivo determinará la exigencia de los ingresos de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos previstos en los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

El pago de la deuda podrá aplazarse o fraccionarse previa solicitud del obligado al pago que deberá presentarse en el Servicio de Recaudación de la Administración Tributaria Canaria.

El interesado podrá interponer indistinta pero no simultáneamente, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, los siguientes recursos contra los actos de recaudación:

El recurso de reposición ante este Servicio de Promoción Laboral de la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias.

La Reclamación Económico-Administrativa ante el titular de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, debiendo de ser presentado este último escrito ante este Servicio de Promoción Laboral, que lo remitirá al titular de la Consejería de Economía y Hacienda (artículo 235.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria).

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de marzo de 2009.—La jefa del Servicio de Promoción Laboral, Rosario Mendoza Rosales.

(02/3.762/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.10: V. OTROS ANUNCIOS

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