Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090417-0069
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX RÉGIMEN ECONÓMICO En virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento, mediante decreto 391/2007, de 28 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 7 de agosto de 2007), por resoluciones de la Concejalía de Hacienda números 250/2009, 251/2009, 252/2009 y 253/2009, de 7 de abril, han sido aprobados los padrones correspondientes al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, a la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras (vados) y a la tasa por recogida de basuras (comercial) para el ejercicio 2009, y el de la tasa por recogida de basuras (industrial) para el ejercicio 2008. En cumplimiento de la legislación vigente, se exponen al público dichos padrones durante un plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, durante el cual podrán examinarse, pudiendo interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición pública del padrón ante la Concejalía de Hacienda, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se publica este anuncio para dar a conocer que, durante los días comprendidos entre el 4 de mayo y el 3 de julio del año en curso, ambos inclusive, estarán puestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a los tributos referidos. Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo y los intereses de demora en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley General Tributaria, y en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 161 de la citada Ley. Se advierte a los contribuyentes que podrán hacer efectivas sus deudas dentro del período voluntario y durante su horario de atención al público, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: “La Caixa”, “Banco Guipuzcoano”, “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, “Banesto”, “BBVA”, “Caixa Catalunya”, “Caja Madrid”, “Ibercaja” y “Santander Central Hispano”. Concluido el período voluntario y hasta el 20 de julio de 2009 podrán hacer efectivas las deudas con el 5 por 100 de recargo, exclusivamente en “La Caixa”. Los contribuyentes pueden hacer uso de la domiciliación bancaria dando cuenta al Ayuntamiento y surtiendo esta efecto para el año 2010 y sucesivos. En caso de extravío o de no haber recibido el impreso para el pago, deberán presentarse en las dependencias municipales para la obtención de un duplicado. Lo que se hace público para general conocimiento. San Agustín del Guadalix, a 7 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, José Luis Pérez Balsera. (02/4.473/09) |

