Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0072
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 46 DE MADRID EDICTO Don Pedro Sáenz Pastor, secretario del Juzgado de primera instancia número 46 de Madrid. Hace saber: Que en dicho tribunal se tramita procedimiento de juicio verbal número 78 de 2008, a instancias de “Gas Natural”, representada por la procuradora señora Martín Rico, contra “Auto Monteys, Sociedad Limitada”, quien se encuentra en la actualidad en paradero desconocido, he acordado notificar a dicha demandada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: Sentencia En Madrid, a 15 de octubre de 2008.—Vistos por la ilustrísima señora doña María del Mar Ilundaín Minondo, magistrada-juez de primera instancia del número 46 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 78 de 2008, seguidos en este Juzgado. Que estimando la demanda formulada por “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, frente a “Autos Monteys, Sociedad Limitada”: 1.o Declaro resuelto el contrato de suministro de gas suscrito mediante la póliza número 338.133. 2.o Condeno a la parte demandada a estar y pasar por dicha resolución. 3.o Condeno a la partes demandada a permitir la entrada en el domicilio donde se presta el suministro de gas para desmontar el contador de gas y clausurar la instalación receptora y, en su defecto, si la demandada se opusiera, se librará mandamiento de entrada, debiendo constituirse la comisión judicial en el mismo para que el personal técnico de la entidad demandante proceda a la privación de suministro, desmontando el contador. 4.o Condeno a la demandada al pago de la cantidad de 569,82 euros, más el interés legal desde la interposición de la demanda. 5.o Condeno a la parte demandada al pago de las costas. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—María del Mar Ilundaín Minondo. Y para que sirva de notificación a la demandada “Autos Monteys, Sociedad Limitada”, cuyo domicilio actual se ignora, haciéndole saber que contra la anterior sentencia podrá interponer recurso de apelación en el término de cinco días hábiles, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID expido el presente en Madrid, a 9 de marzo de 2009.—El secretario (firmado). (02/3.321/09) |

