Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-03-2009

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090321-0107

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE MÓSTOLES

EDICTO

Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el juicio de faltas número 798 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 19 de 2009

En Móstoles, a 28 de enero de 2009.—Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 798 de 2008, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciante, doña María Luisa Rol Grande, y como denunciados, don Miguel Ángel de la Cruz Ortiz, don Pedro Luis Sanginés Lammers y el representante legal de “Instal Red Fybra”.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a don Miguel Ángel de la Cruz Ortiz, don Pedro Luis Sanginés Lammers y al representante legal de “Instal Red Fybra” de la falta que les fue imputada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales.

Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la misma.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Miguel Ángel de la Cruz Ortiz, don Pedro Luis Sanginés Lammers y representante legal de “Instal Red Fybra”, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 13 de febrero de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/6.904/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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