Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
11-03-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090311-0212

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 5
DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 240 de 2007 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Autos número 240 de 2007, en nombre de Su Majestad el Rey.

Sentencia número 93 de 2008

En Alcalá de Henares, a 19 de marzo de 2008.—Doña Inés María Sánchez Caballero, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcalá de Henares (anteriormente Juzgado mixto número 8), habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 240 de 2007, promovido por el procurador don Manuel Llamas Jiménez, en nombre y representación de don Aurelio Montero Blanco, asistido de la letrada doña Mercedes Martínez López, seguidos contra don Gregore Ionut, en rebeldía, y contra la compañía aseguradora “Mutua Madrileña Automovilista”, representada por la procuradora doña María Estrella Martínez Buitrago, y asistida del letrado don José Carlos Carramolinos Fitera, sobre reclamación de cantidad derivada de responsabilidad extracontractual, procede dictar la presente resolución.

Fallo

Que estimo parcialmente la demanda formulada por el procurador don Manuel Llamas Jiménez, en nombre y representación de don Aurelio Montero Blanco, asistido de la letrada doña Mercedes Martínez López, contra don Gregore Ionut, en rebeldía, y contra la entidad de seguros “Mutua Madrileña Automovilista”, representada por la procuradora doña María Estrella Martínez Buitrago, y asistida del letrado don José Carlos Carramolinos Fitera, condenando a los demandados solidariamente a abonar a la actora la suma de 2.268,5 euros, sin expresa condena en costas a ninguna de las partes.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde la notificación.

Y como consecuencia del ignorado paradero y rebeldía del demandado don Gregore Ionut, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcalá de Henares, a 23 de enero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/2.571/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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