Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090311-0197
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS MÓSTOLES OFERTAS DE EMPLEO Por resolución de la concejala-delegada de Recursos Humanos, de fecha 16 de enero de 2009, se decreta aprobar las bases de la convocatoria que regirán las pruebas selectivas para cubrir, mediante promoción interna, una plaza de técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales (especialidad Seguridad) del Ayuntamiento de Móstoles, vacante en la plantilla de personal laboral. BASES ESPECÍFICAS PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TÉCNICO SUPERIOR EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (ESPECIALISTA EN SEGURIDAD) DEL AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES Primera. Objeto de la convocatoria 1.1. Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad de una plaza vacante y ofertada en la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Móstoles, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2007 que se detalla a continuación: 1.2. La presente convocatoria se regirá por las presentes bases específicas, así como por las bases generales aprobadas por la resolución del concejal de Recursos Humanos, modificadas por la Junta de Gobierno Local y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 63, de 15 de marzo de 2007. 1.3. Los candidatos que resulten seleccionados serán adscritos al Servicio de Prevención de Riesgos laborales, dentro de la Concejalía de Recursos Humanos, y asumirá, desde el servicio de prevención propio, las responsabilidades específicas del Área de Seguridad, tal y como se establece en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto 39/1997). Realizará, igualmente, aquellas funciones e informes que en materia de higiene y ergonomía se le soliciten en el ámbito de sus capacidades, Y llevará a cabo, entre otras, las siguientes tareas: a) La planificación de la actividad preventiva y la determinación de las prioridades en la adopción de las medidas preventivas y la vigilancia de su eficacia. b) Seguimiento de las medidas correctivas y de las acciones preventivas. c) Coordinación y asesoramiento en la actuación en materia de prevención de riesgos laborales a las diferentes direcciones y departamentos de esta Administración Local, así como la coordinación de las actividades empresariales. d) Investigación de accidentes y comunicados de riesgo. Propuestas de soluciones técnicas a los problemas que se detecten en las visitas de inspección. También analizará las anomalías que detecte el comité de seguridad y salud, o bien cursará el problema hacia el departamento correspondiente, cuando la citada solución no sea de su ámbito. e) Será interlocutor del comité de seguridad y salud y asumirá la responsabilidad de generar una dinámica de trabajo que permita que los planes y programas de prevención lleven incorporadas las inquietudes del comité, y que este colabore activamente en el cumplimiento de los planes y programas de prevención. f) Realización de estudios y evaluaciones de puestos de trabajo, propuesta y priorización de medidas correctoras. g) Participación en la elaboración y/o revisión de las normas de prevención de riesgos laborales con la colaboración de los responsables de las áreas correspondientes. h) Organización, sistematización y difusión, si hace falta, de la documentación que vaya generando su propia actividad o que reciba de las diferentes direcciones o departamentos de esta administración local u otros organismos externos. i) Organización de la formación de los trabajadores y de los mandos intermedios. j) Actuación como recurso preventivo cuando proceda. k) Todas aquellas tareas o actividades que le sean encomendadas y correspondan a su categoría profesional, recogidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre; Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y normativa concordante. Segunda. Sistema de selección 2.1. El sistema de selección será el de concurso-oposición. Tercera. Requisitos 3.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los interesados deberán, sin perjuicio de lo establecido en la base segunda de las bases generales: a) Estar en posesión del título de licenciado universitario o equivalente. b) Estar en posesión del título de técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales, especialidad en Seguridad, Higiene y Ergonomía y Psicosociología. c) Ser personal laboral fijo del Ayuntamiento de Móstoles, y haber prestado servicios efectivos como tal durante al menos dos años en categoría de grupo A.2 de titulación, de acuerdo con la base 1.8 de las bases generales. Cuarta. Documento de autovaloración 4.1. Los aspirantes deberán presentar, junto con la solicitud de participación en la convocatoria, el documento de autovaloración de los méritos de la fase de concurso (anexo II), además de aquella otra documentación a la que se refiere la base 3.4 de las bases generales. 4.2. Dicho impreso o documento de autovaloración deberá ser cumplimentado por los aspirantes de conformidad con el baremo que se detalla en la base quinta (fase de concurso) de las presentes bases específicas. 4.3. La puntuación que se alcance por cada uno de los aspirantes por aplicación del documento de autovaloración, determinará el resultado provisional de la fase de concurso, resultado que será revisado por el tribunal calificador antes de la realización del último ejercicio, pudiéndose modificar la puntuación provisional de autovaloración, convirtiéndose en el resultado definitivo de la fase de concurso, que estará sujeta a la comprobación de su veracidad, mediante la aportación de los documentos originales para aquellos aspirantes que superen todo el proceso selectivo. Quinta. Fase de concurso 4.1. Se valorarán los siguientes méritos: A) Experiencia profesional A.1. Experiencia profesional en Administraciones Públicas en puestos de igual o similar contenido, a razón de 0,80 puntos por cada año o fracción igual o superior a seis meses hasta un máximo de 4,5 puntos. A.2. Experiencia profesional en otras entidades o sector privado en puestos de igual o similar contenido, a razón de 0,60 puntos por cada seis meses o fracción igual o superior a tres meses hasta un máximo de 2,5 puntos. La suma de este apartado tendrá un máximo de 7 puntos. B) Formación B.1. Por cursos de actualización y perfeccionamiento, másteres, jornadas, seminarios, etcétera, relacionados con las funciones del puesto de trabajo, se valorarán aplicando la siguiente fórmula: número de horas ´ 0,006 puntos por cada hora de formación, hasta un máximo de 3 puntos. Se aplicará la fórmula de valoración a las actividades formativas de una duración superior o igual a diez horas e inferior a cuatrocientas horas, y para las de una duración superior se valorarán por cuatrocientas horas. Aquella formación con menos de diez horas o que no especifique su duración, se valorarán con 0,05 puntos. La suma de este apartado será como máximo de 3 puntos. Sexta. Ejercicios de la fase de oposición A) Primer ejercicio. Prueba teórica: consistirá en responder, en el plazo máximo de sesenta minutos, un cuestionario de 60 preguntas con respuestas alternativas, relacionado con el contenido del programa que figura como anexo I. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para acceder al siguiente ejercicio. B) Segundo ejercicio. Prueba práctica: consistirá en desarrollar por escrito uno o varios supuestos prácticos, o redacción de un proyecto, memoria o estudio relacionado con las funciones del puesto de trabajo y con el contenido del programa que figura en el anexo I. La duración máxima de esta prueba será de cuatro horas. En este ejercicio se valorará la sistemática en el planteamiento, la metodología, la formulación de conclusiones, el conocimiento y adecuada aplicación de la normativa vigente, así como aquellos otros aspectos que el tribunal considere adecuados. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio. La calificación definitiva de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en el primer ejercicio (prueba teórica) y el segundo ejercicio (prueba práctica), estableciéndose en tal suma la siguiente ponderación: (1.o ET ´ 0,40) + (2.o EP ´ 0,60) Donde 1.o ET es la calificación obtenida en el primer ejercicio y 2.o EP es la calificación obtenida en el segundo ejercicio. Séptima. Calificación final La calificación final se obtendrá sumando las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso a las calificaciones obtenidas en la fase de oposición. ANEXO I Fundamentos de las técnicas de mejora de las condiciones de trabajo 1. Condiciones de trabajo y salud. 2. Riesgos. 3. Daños derivados del trabajo. 4. Prevención y protección. 5. Bases estadísticas aplicadas a la prevención. Técnicas de prevención de riesgos laborales A) Seguridad en el trabajo 6. Concepto y definición de seguridad: técnicas de seguridad. 7. Accidentes de trabajo. 8. Investigación de accidentes como técnica preventiva. 9. Análisis estadístico de accidentes. 10. Análisis y evaluación general del riesgo de accidente. 11. Medidas preventivas de eliminación y reducción de riesgos. 12. Protección colectiva. 13. Equipos de protección individual. 14. Medidas de emergencia. 15. Planes de autoprotección. 16. Norma y señalización en seguridad. 17. Incendios. Explosiones. Deflagraciones. 18. Código Técnico Edificación: Documento Básico Seguridad Incendios. 19. Atmósferas potencialmente explosivas. 20. Herramientas manuales. 21. Máquinas: criterios legales y técnicos de referencia. Peligros. Protección contra contactos eléctricos directos e indirectos. Mantenimiento. 22. Máquinas. Medidas de seguridad: resguardos. Dispositivos y distancias de seguridad. 23. Máquinas: neumática. Componentes. Riesgos. Sistemas de protección. 24. Riesgo eléctrico. Baja tensión: disposiciones mínimas para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. 25. Sistemas de protección frente a riesgos eléctricos. 26. Riesgo eléctrico. Alta tensión. 27. Condiciones mínimas de seguridad y salud de los equipos de trabajo. 28. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. 29. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas. 30. Almacenamientos. Análisis, evaluación y control del riesgo. 31. Movimiento mecánico de materiales. Análisis, evaluación y control del riesgo. 32. Movimiento de tierras. Vaciados. Excavaciones. Zanjas. Pozos, galerías. 33. Trabajos en espacios confinados. 34. Seguridad en el transporte. 35. Aparatos a presión. Análisis, evaluación y control del riesgo. 36. Condiciones de seguridad en la carga y descarga de camiones cisterna. 37. Líquidos inflamables. Electricidad estática. 38. Plataformas y andamios. Riesgos. Medidas de protección. 39. Trabajos en altura. Escaleras de mano. 40. Equipos de protección para trabajos en altura. 41. Trabajos de soldadura. Riesgos. Medidas preventivas. 42. Residuos tóxicos y peligrosos. 43. Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. B) Higiene industrial 44. Higiene industrial. Conceptos y objetivos. 45. Agentes químicos. Evaluación de la exposición. 46. Agentes químicos. Control de la exposición. 47. Agentes físicos: características, efectos, evaluación y control (ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones no ionizantes, radiaciones ionizantes). 48. Agentes biológicos. Efectos, evaluación y control. C) Medicina del trabajo 49. Conceptos básicos, objetivos y funciones. 50. Vigilancia de la salud. Socorrismo y primeros auxilios. D) Ergonomía y psicosociología aplicada. 51. Ergonomía. Conceptos y objetivos. 52. Condiciones ambientales en ergonomía. Concepción y diseño del puesto de trabajo. 53. Carga de trabajo. 54. Factores de naturaleza psicosocial. 55. Estructura de la organización. 56. Consecuencias de los factores psicosociales nocivos y su evaluación. 57. Intervención psicosocial. E) Otras actuaciones en materia de PRL 58. Formación: análisis de necesidades formativas. 59. Formación: planes y programas. 60. Formación: técnicas educativas. 61. Formación: seguimiento y evaluación. 62. La comunicación en prevención, canales y tipos. 63. Información en PRL. Condiciones de eficacia. 64. Técnicas de negociación F) Gestión de la PRL 65. Planificación de la prevención. 66. Organización de la prevención. G) Técnicas afines 67. Seguridad del producto. 68. Gestión medioambiental. 69. Seguridad vial. H) Ámbito jurídico de la prevención 70. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. 71. Responsabilidades en materia preventiva. 72. Organización de la prevención en España. ANEXO II DOCUMENTO DE AUTOVALORACIÓN. FASE DE CONCURSO Una plaza de técnico superior en Prevención de Riesgos laborales (especialista en Seguridad). Oferta de Empleo Público 2007 (03/6.223/09) |

