Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090309-0047
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C) Otras Disposiciones Universidad Rey Juan Carlos
Vista la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos de 20 de mayo de 2008, que regula la convocatoria de Proyectos de Investigación del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación. Concluido el proceso de evaluación y selección de las solicitudes presentadas conforme a lo previsto en los artículos 8 y 9 de la Orden de convocatoria, y de acuerdo con la propuesta de la Comisión de Selección reunida el 4 de diciembre de 2008. En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes. DISPONGO Primero Resolver la convocatoria de ayudas para la realización de Proyectos de Investigación del Programa de Creación y Consolidación de Grupos de Investigación, regulada por Resolución Rectoral de 20 de mayo de 2008 mediante la concesión de las ayudas a los proyectos relacionados en el Anexo I a esta Resolución. Segundo Autorizar la disposición de un gasto, por importe de 600.000 euros, que se imputará a la partida 641.00 del Programa 541A del presupuesto de gastos de la Universidad Rey Juan Carlos y a la partida 78200 del programa 519 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid, para la financiación de los proyectos seleccionados. Tercero Los proyectos tendrán una duración de un año, a contar desde el 1 de enero de 2009. Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir. Madrid, a 15 de febrero de 2009.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Pedro González-Trevijano Sánchez. ANEXO I (03/6.994/09) |

