Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090309-0040
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B) Autoridades y Personal Consejería de Presidencia, Justicia e Interior
De conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 14 de enero de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, se establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen, en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, para la obtención de dicho certificado y se efectúa la convocatoria de las citadas pruebas, y haciendo uso de la delegación conferida por el Consejo de Administración de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid en su reunión de 4 de febrero de 2009, RESUELVO Primero Aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos a las citadas pruebas. Estas relaciones están formadas por la relación provisional de aspirantes admitidos aprobada en la Resolución de 10 de febrero, del Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueban y se publican las relaciones provisionales de admitidos a las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas y se anuncia el lugar, fecha y hora de realización de las pruebas y por la relación de aspirantes admitidos que han subsanado las deficiencias en el plazo establecido en dicha Resolución, que se incorpora como Anexo I a esta Resolución. La relación definitiva de admitidos a las citadas pruebas será expuesta en los tablones de anuncios del Registro General de la Comunidad de Madrid, y de los Registros de las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo II de esta Resolución. Segundo Según lo establecido en la Resolución de 10 de febrero de 2009, del Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, antes citada, las pruebas se realizarán el día 14 de marzo de 2009 a las once horas, en llamamiento único, y en los lugares y con la siguiente distribución: — Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad Politécnica de Madrid, Ciudad Universitaria, sin número: l De: Abad Santos, Rubén, con DNI/NIE número 70051215-T. l A: Medrano Cepeda, Alejandro, con DNI/NIE número 47026719-E. — Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, Ciudad Universitaria, sin número: l De: Mejía Vargas, Diego Martín Jorge, con DNI/NIE número: X-7562725-A. l A: Zurro Alfonso, Beatriz, con DNI/NIE número 50873411-X. El llamamiento será único para todos los aspirantes admitidos, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal Calificador adoptar Resolución motivada a tal efecto. Los aspirantes habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir, tarjeta de residencia de extranjeros o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. Asimismo, habrán de ir provistos de lápiz negro del número 2. Tercero Se hacen públicos los acuerdos adoptados por el Tribunal Calificador, con la finalidad de garantizar el normal desarrollo de las pruebas: — No se permitirá el acceso al examen a los aspirantes que no figuren en las relaciones definitivas de admitidos a la convocatoria. — No se permitirá el acceso al examen a los aspirantes que no presenten los siguientes documentos originales: Documento nacional de identidad, carné de conducir tarjeta de residencia de extranjeros o resolución original de concesión de la misma o de su renovación, únicos documentos válidos para acreditar su identidad, salvo en los casos en que concurran provistos de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por el aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Tribunal Calificador. Cuarto Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejo de Administración de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, dentro del plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, según lo establecido en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 14.3 de la Ley 15/2000, de 21 de diciembre, de Creación de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid. Madrid, a 5 de marzo de 2009.—El Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, Agustín Carretero Sánchez. |

