Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090305-0270

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

COLMENAR VIEJO

PERSONAL

Mediante decreto número 09/157, de 27 de enero de 2009, de esta Alcaldía, y en cumplimiento del acuerdo 28/2007, adoptado por el Ayuntamiento Pleno, iniciaba el proceso de funcionarización del personal laboral que, conforme a la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, está desempeñando puestos reservados a personal funcionario, considerando como personal laboral fijo, a los efectos del ámbito de aplicación subjetivo de dicho proceso, a todos los trabajadores que desempeñen sus puestos de trabajo de manera continuada con anterioridad al día 31 de diciembre de 1991.

Consecuencia de dicho acuerdo es el decreto 08/1850, de 15 de octubre de 2008, de Alcaldía, de funcionarización de personal laboral fijo que resuelve nombrar funcionarios de carrera a las personas, en la escala y subescala, en la clase, categoría y rama que se indican en el mismo.

De dicho proceso fueron excluidos los trabajadores municipales que no cumplían los requisitos exigidos, y otros, que aun cumpliéndolos, no lo solicitaron.

Visto el informe de Secretaría, a propuesta del concejal-delegado de Hacienda y Personal, esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1, apartado h), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre,

RESUELVE

1.o  Nombrar funcionarios de carrera de las siguientes personas en la escala y subescala, en la clase, categoría y rama que se indican:

Subescala de Servicios Especiales:

A dichas personas se les computará el tiempo prestado como personal laboral como si de funcionario se tratara, a efectos de trienios, licencias, permisos, excedencias, consolidación del grado personal y cualquier otra circunstancia en que influyera la antigüedad.

2.o  Desestimar las solicitudes de funcionarización de don Jorge Pedro Alsina Calderón, doña Rosa Morcillo del Brío y don Saúl Rubio González, ya que su condición de fijos discontinuos determina que cuando un derecho o condición de trabajo concreto esté atribuido en función de una previa antigüedad del trabajador, esta ha de ser concebida, en su cómputo, de manera proporcional, dada su naturaleza estrictamente cuantitativa. Es decir, habrá que recalcular, tal como se hace a efectos de reconocimiento de trienios, los servicios efectivamente prestados de forma continuada para determinar si, en función de la fecha obtenida, se encuentran dentro del ámbito de aplicación del proceso, resultando:

— Don Jorge Pedro Alsina Calderón (fecha a considerar: 16 de enero de 1993).

— Doña Rosa Morcillo Brío (fecha a considerar: 16 de julio de 1992).

— Don Saúl Rubio González (fecha a considerar: 7 de julio de 1992).

Colmenar Viejo, a 18 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, José María de Federico Corral.

(03/5.597/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090305-0270