Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-02-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090227-0127

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 28 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 973 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aurelio León Correa Londoño, contra la empresa “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 13 de diciembre de 2008:

Sentencia número 43 de 2009

En Madrid, a 13 de diciembre de 2008.—Don Rafael Monzón Rioboo, magistrado-juez sustituto del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 973 de 2008, sobre despido, en los que han sido partes: como demandante, don Aurelio León Correa Londoño, que comparece asistido por la letrada doña Anabel Barajas Pintos, y como demandados, “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Aurelio León Correa Londoño, contra “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido aquí enjuiciado, del que fue objeto el actor el día 11 de julio de 2008 y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a indemnizar al demandante con la cantidad de 4.907,56 euros, debiendo también abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha indicada hasta la de esta resolución en cuantía de 1.776,06 euros y la mensualidad de junio de 2008 en la cuantía de 2.300 euros. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de expediente acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre de este Juzgado la cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Se advierte además a las partes que deberán hacer constar en los escritos de interposición del recurso y de impugnación un domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a efectos de notificación, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alfer Seguridad y Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de febrero de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.510/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090227-0127