Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-02-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090212-0160

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de enero de 2009, acordó aprobar inicialmente el presupuesto general de esta Corporación para el año 2009, con sus bases de ejecución y demás documentos y anexos que lo integran. En cumplimiento del mandato plenario y del artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por quince días hábiles a partir de la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante los cuales podrán los interesados, en el concepto dado por el artículo 170.1 del mismo texto, examinarlo en la Intervención de esta Entidad Local y presentar, en su caso, reclamaciones por los motivos taxativamente enumerados en el artículo 170.2 del mismo cuerpo legal. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones.

Se hace saber, asimismo, que con ocasión de la aprobación del presupuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se aprobó inicialmente la plantilla de personal de este Ayuntamiento para el año 2009, sometiéndola a los mismos trámites de publicidad que el presupuesto general.

En Ciempozuelos, a 2 de febrero de 2009.—La alcaldesa, María de los Ángeles Herrera García.

(03/3.305/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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