Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090211-0065
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCALÁ DE HENARES OTROS ANUNCIOS Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo y en el artículo 61 del citado texto legal, lo siguiente: El concejal de Obras y Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en virtud de la delegación de competencias conferidas por el decreto de Alcaldía 299/2007, de 20 de junio, y de las atribuciones asignadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 28 de junio de 2007, y visto el informe emitido con fecha 2 de mayo de 2008 por los agentes de la Policía Local de Guadalajara, relativo a posible infracción a la ordenanza municipal por la que se regula la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida, así como el informe jurídico emitido por la técnico de Administración General, ha resuelto: — Iniciar procedimiento sancionador a don F. J. Atienza, titular de la tarjeta de estacionamiento para vehículos de PMR número 005738/005-000775, para determinar su responsabilidad y la sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la instrucción. — Indicar a don F. J. Atienza el derecho que tiene a conocer, en cualquier momento del procedimiento, su estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos constituidos en el mismo y a formular con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y aportar los documentos que estime pertinentes. Tiene, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime conveniente, y en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretenda valerse. Incluso puede reconocer voluntariamente su responsabilidad, con los efectos previstos en el artículo 8 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora. De no efectuar alegaciones la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución. Lo que se hace público para conocimiento del interesado, significándole que el expediente obra en la Concejalía de Obras y Servicios Municipales, Seguridad Ciudadana y Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, Vía Complutense, número 130, 28805 Alcalá de Henares (Madrid). Alcalá de Henares, a 9 de enero de 2009.—El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge. (02/1.275/09) |

