Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-02-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090210-0166

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

393 ORDEN 6010-01/2008, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden 3637/2008, de 21 de julio, por la que se con­cedieron ayudas económicas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2008.

Mediante Orden 1125/2008, de 5 de marzo, de la Consejería de Educación, se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 2017/2006, de 10 de abril, y se convocan ayudas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de marzo de 2008).

Por Orden 3637/2008, de 21 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 20 de agosto de 2008), de la Consejería de Educación, se conceden las ayudas económicas correspondientes a dicha convocatoria.

Vista las justificaciones aportadas por los beneficiarios a los que les fue concedida la ayuda, se comprueba que justifican por un importe menor del concedido, los que se relacionan a continuación:

Beneficiarios que han realizado el curso en Francia

Beneficiarios que han realizado el curso en Reino Unido

DISPONGO

Primero

Modificar los importes de las ayudas concedidas a los beneficiarios relacionados anteriormente, de acuerdo con la justificación aportada por los mismos.

Francia

Reino Unido

Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la excelentísima señora Consejera de Educación en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 29 de diciembre de 2008.

La Consejera de Educación,
 LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/3.458/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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