Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
05-02-2009

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090205-0280

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

326 RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la recepción de los documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos mediante el trámite denominado “Presentación de documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos”.

El Decreto 2/2008, de 17 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y el Decreto 102/2008, de 17 de julio, atribuyen a esta Dirección General de Medio Ambiente la competencia para el desarrollo de funciones que se deriven de la legislación vigente en el ámbito de sus competencias, entre ellas, la recepción de los documentos definidos en el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que aprueba el Reglamento de la Ley Básica de Residuos Peligrosos; el Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados, y la Orden 2029/2000, de 26 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se regulan los impresos a cumplimentar en la entrega de pequeñas cantidades del mismo tipo de residuo.

En el ejercicio de dicha competencia y de acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que, tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid.

RESUELVO

Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la recepción, por medios electrónicos, de los documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos, de aceites usados y de pequeñas cantidades de residuos peligrosos mediante el trámite denominado “Presentación de documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos”.

La inclusión en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, del trámite “Presentación de documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos”, que deberá entenderse modificado en lo relativo a este procedimiento en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, siendo de aplicación el siguiente:

“Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Presentación de los documentos de control y seguimiento de residuos peligrosos, de aceites usados y de pequeñas cantidades de residuos peligrosos establecidos en el Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que aprueba el Reglamento de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos; el Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales usados, y la Orden 2029/2000, de 26 de mayo, del Consejero de Medio Ambiente, por la que se regulan los impresos a cumplimentar en la entrega de pequeñas cantidades del mismo tipo de residuo”.

Madrid, a 15 de diciembre de 2008.—El Director General de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

(03/3.160/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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