Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090202-0050
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS EL ESCORIAL RÉGIMEN ECONÓMICO Publicación del calendario fiscal, exposición pública de los padrones y anuncio de cobranza. De conformidad con lo establecido en los artículos 4 a 7 de la ordenanza general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público local se procede a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el calendario fiscal para el año 2009, anuncio de exposición al público y de cobranza de las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva que integran los correspondientes padrones a que se refiere el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, aprobados por Junta de Gobierno Local, de fecha 9 de enero del presente año. Calendario fiscal para 2009 La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 9 de enero del año en curso, aprobó el siguiente calendario fiscal que regirá en el ejercicio 2009. Tributo y períodos de pago a) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: desde el día 2 de marzo al 4 de mayo. b) Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, rústica y características especiales: desde el día 1 de agosto al 30 de noviembre. c) Tasa de recogida basura domiciliaria: desde el día 1 de agosto al 30 de noviembre. d) Tasa por la entrada de vehículos a través de aceras y vías públicas (vados): desde el día 1 de agosto al 30 de noviembre. e) Impuesto sobre actividades económicas: desde el día 1 de septiembre al 30 de noviembre. f) Tasa de recogida basura industrial: desde el día 1 de septiembre al 30 de noviembre. g) Tasa por ocupación de la vía pública con puestos, etcétera, así como industrias callejeras y ambulantes: — Primer trimestre: del 2 de marzo al 4 de mayo. — Segundo trimestre: del 1 de junio al 31 de julio. — Tercer trimestre: del 1 de septiembre al 2 de noviembre. — Cuarto trimestre: del 1 de diciembre al 1 de febrero de 2010. h) Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas: — Primer plazo: del 4 de mayo al 6 de julio. — Segundo plazo: del 1 de septiembre al 2 de noviembre. Exposición pública de padrones De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la ordenanza general de recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público local, los padrones fiscales correspondientes a los tributos: — Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. — Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y de naturaleza rústica. — Tasa de recogida basura domiciliaria. — Tasa por entrada vehículos (vados). — Impuesto sobre actividades económicas. — Tasa de recogida basura industrial. — Tasa por ocupación de la vía pública con puestos, etcétera, así como industrias callejeras y ambulantes. — Tasa por ocupación de terrenos de uso público con mesas, sillas, etcétera. Estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de El Escorial, Área Económica, en plaza de España, número 1, segunda planta, en el siguiente horario: de lunes a viernes, de nueve a catorce horas, quince días antes de iniciarse el respectivo período de cobro, expresado en el calendario fiscal y por período de cuarenta y cinco días. Anuncio de cobranza Plazo de ingreso.—El pago de los tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrán realizarse dentro de los plazos establecidos en el calendario fiscal aprobado para cada tributo y que se incluye en este anuncio. Modalidad de cobro, lugares y días de ingreso.—El pago podrá realizarse mediante la presentación del documento cobratorio que el Ayuntamiento enviará al domicilio del contribuyente: a) A través de las siguientes entidades bancarias colaboradoras, en los horarios habituales establecidos para tal fin: — “La Caixa”. — “Caja Madrid”. — “Caja de Ávila”. — “Banco Santander”. — “Caixa Catalunya”. — “Caja España”. — “Caja Duero”. — “Banesto”. — “BBVA”. b) En la Tesorería Municipal, mediante cheque o tarjeta, en horario de lunes a viernes, de nueve a catorce horas. Pagos de fuera de plazo.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.d) del Reglamento General de Recaudación se advierte que transcurrido el plazo de ingreso las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer recurso de reposición, previo al recurso contencioso-administrativo, ante el señor alcalde-presidente, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública de los mismos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, o cualquier otro que convenga a sus intereses. En El Escorial, a 12 de enero de 2009.—El alcalde-presidente, Antonio Vicente Rubio. (02/351/09) |

