Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090117-0065
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS ALCALÁ DE HENARES OTROS ANUNCIOS Por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, de fecha 16 de diciembre de 2008, se procede a la aprobación de la distribución del 0,7 por 100 del presupuesto destinado a Cooperación, Solidaridad y Derechos Humanos. La cuantía destinada por el Ayuntamiento a la financiación de proyectos es la siguiente: — Proyectos a realizar en países empobrecidos o en vías de desarrollo: 90.000 euros. — Sensibilización de la población alcalaína: 15.000 euros. — Proyectos de prevención de violaciones y defensa de los derechos humanos: 40.000 euros. La convocatoria está dirigida tanto a las organizaciones no gubernamentales legalmente constituidas, individualmente o asociadas entre sí, como a las administraciones públicas, preferentemente entidades locales de los países receptores, que se rige por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. Será requisito preferente para la concesión de la subvención la existencia de la cofinanciación de, al menos, un 15 por 100 del coste total del proyecto de otras Administraciones o Públicas o entidades no gubernamentales. Pueden presentar proyectos que tengan por objeto el apoyo municipal a programas derechos humanos, las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos cuya finalidad sea alguna de las enumeradas en la sección A, base primera 2, de la base de la convocatoria de Programa de Prevención de Violaciones y Defensa de los Derechos Humanos. Las organizaciones solicitantes del Programa de Prevención de Violaciones y Defensa de los Derechos Humanos deberán tener, como mínimo, cuatro años de probada experiencia práctica en ese ámbito, o contar con el aval de tres organismos de reconocida experiencia en el campo concreto de actuación del programa. Será requisito para la concesión de la subvención la cofinanciación de, al menos, un 15 por 100 del coste total del proyecto por parte de las organizaciones no gubernamentales adjudicatarias. Presentación de las solicitudes de participación, formulario “A” y documentación: a) El plazo de presentación de proyectos: un mes a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. b) Documentación a presentar: la especificada en las bases de la convocatoria. c) Las bases y toda la información de la presente convocatoria estarán a disposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, en la Concejalía de Cooperación, Deportes y Festejos (plaza del Empecinado, número 1, teléfono 918 797 380, correo electrónico: cooperación@ayto-alcaladehenares.es), así como en www.ayto-alcaladehenares.es d) Lugar de presentación: Registro General del Ayuntamiento. Una vez resuelta la presente convocatoria, las entidades solicitantes dispondrán de un plazo de tres meses para la retirada de los proyectos no subvencionados en la sede de la Concejalía de Cooperación, Deportes y Festejos, previa solicitud. En Alcalá de Henares.—Firmado. (03/645/09) |

